Skip to main content
Ago25

Nuevo impulso exterior: Ayudas TRADE de hasta 50.000 euros para PYMEs andaluzas

Autor // Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de San Pedro Alcántara (APYMESPA) Categorías // Ayudas Públicas, Internacionalización

Convocatoria abierta para fomentar la internacionalización y el comercio exterior de las empresas de Andalucía

Nuevo impulso exterior: Ayudas TRADE de hasta 50.000 euros para PYMEs andaluzas

La Junta de Andalucía, a través de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), lanza subvenciones clave para PYMEs. Hasta 50.000 € disponibles para impulsar su presencia en mercados internacionales, participar en ferias o realizar viajes de prospección.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 162, de hoy, 25 de agosto de 2025, ha publicado el extracto de la Resolución de 12 de agosto de 2025 de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico, acogida a la Orden de 10 de julio de 2025. Esta convocatoria efectúa la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMEs en Andalucía.

Esta iniciativa se enmarca dentro de las acciones de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y tiene como objetivo principal la concesión de ayudas para actuaciones específicas que promuevan la expansión internacional de las pequeñas y medianas empresas andaluzas.

Beneficiarios elegibles

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las PYMEs, conforme a los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Además, también se incluyen las asociaciones empresariales que estén integradas mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas.

Es requisito indispensable que tanto las PYMEs como las asociaciones beneficiarias cuenten con un establecimiento operativo en Andalucía y que cumplan con los requisitos y condiciones especificados en el apartado 3.1 y en el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 10 de julio de 2025.

Se excluyen de esta convocatoria a las empresas en crisis, las entidades sin personalidad jurídica y aquellas que no estén al corriente con sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, así como las que mantengan deudas con la Junta de Andalucía. Para ayudas superiores a 30.000 euros, será necesario también cumplir los plazos de pago a proveedores según la Ley 3/2004. Es fundamental, asimismo, no superar los límites establecidos en las ayudas de minimis.

Presupuesto y financiación

La presente convocatoria dispone de un crédito presupuestario de 11.500.000 euros, que será imputado al presupuesto de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).

Estas subvenciones estarán cofinanciadas en un 85% por la Unión Europea, a través del Programa Andalucía FEDER 2021-2027, dentro de la medida A411CD21EB. Esta medida se alinea con el Objetivo Político 1, Objetivo Específico 1.3 y tipo de acción D, apoyando la internacionalización de la economía andaluza y la captación de inversiones extranjeras, así como el desarrollo empresarial y la internacionalización de las PYMEs.

Las partidas presupuestarias específicas son:

  • 1051170011 G/72B/47000/00 A411CD21EB: 11.000.000 euros
  • 1051170011 G/72B/48000/00 A411CD21EB: 500.000 euros

Es importante destacar que, en caso de que el presupuesto se agote antes de la fecha límite de presentación de solicitudes, la Agencia TRADE publicará una resolución en el BOJA para informar del cierre del plazo. No obstante, si se produjeran aumentos sobrevenidos en el presupuesto, el Director General de TRADE podrá conceder subvenciones a aquellos solicitantes que, habiendo cumplido las condiciones, no resultaron beneficiarios por falta de fondos, siguiendo el orden de presentación de las solicitudes.

Cuantía y tipos de ayudas

El importe máximo de subvención concedida por beneficiario y actuación será de 50.000 euros. No se establece un importe mínimo de ayuda por beneficiario.

La cuantía de las subvenciones se establece de la siguiente manera:

  • 100% de los importes calculados siguiendo el método de costes simplificados basado en costes unitarios y sumas a tanto alzado para los gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal de la empresa solicitante que realice la actuación (tipos de gastos subvencionables 1 y 2). Esto aplica tanto para la participación en ferias y eventos expositivos internacionales como para viajes de prospección internacional.
  • Para otros tipos de gastos subvencionables (3 a 6) relacionados con la participación en ferias y eventos expositivos internacionales:
    • 75% de los costes subvencionables para actuaciones realizadas en países como EE.UU., México, Brasil, Canadá, Marruecos, Australia, China, India y Japón.
    • 65% de los costes subvencionables para actuaciones realizadas en el resto de los mercados destino de las exportaciones andaluzas, incluyendo el territorio nacional.

Se admitirá un máximo de 3 personas y 5 días por persona por actuación en el caso de participación en ferias y eventos expositivos internacionales, y 1 persona en los viajes de prospección internacional. El pago de la subvención será del 100% tras la presentación de la justificación.

Regímenes de minimis aplicables

Las ayudas objeto de esta convocatoria están acogidas a diferentes regímenes de minimis, lo que implica límites máximos acumulados en un periodo de tres años:

  • Reglamento (UE) núm. 2023/2831 (General): El importe concedido, sumado al total de ayudas de minimis recibidas en los tres años previos, no puede superar los 300.000 euros.
  • Reglamento (UE) núm. 1408/2013 (Sector Agrícola): Para empresas agrarias, el límite máximo es de 50.000 euros en los tres años previos.
  • Reglamento (UE) núm. 717/2014 (Pesca y Acuicultura): Para empresas de este sector, el límite máximo es de 40.000 euros en los tres años previos. No se concederá ayuda a las solicitudes que incumplan estas reglas de minimis.

Gastos subvencionables y su justificación

Las subvenciones están destinadas a financiar actuaciones para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMEs en Andalucía. Específicamente, se cubren gastos relacionados con la participación en ferias y eventos expositivos internacionales y la realización de viajes de prospección internacional.

Para la participación en ferias y eventos internacionales, se consideran subvencionables:

  • Gastos de viaje del personal desde España al lugar del evento.
  • Alojamiento y manutención del personal.
  • Coste del suelo, equipamiento y decoración del stand.
  • Entrada o inscripción a la feria o evento internacional.
  • Inscripción y paquete expositor obligatorio.
  • Servicio “llave en mano” de ICEX o asociaciones reconocidas.

Para los viajes de prospección internacional, se consideran subvencionables:

  • Gastos de viaje de personal a los países objetivo.
  • Alojamiento y manutención en destino.

En cuanto a la justificación de los gastos:

  • Los gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal de la empresa se justificarán mediante el sistema de costes simplificados previstos en el Anexo III de la convocatoria.
  • El resto de los gastos subvencionables se justificarán por el sistema de costes reales efectivamente realizados. Las personas solicitantes deberán tener en cuenta estos criterios al formular su lista de costes.

Plazos clave y procedimiento de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes comenzó el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, es decir, mañana, 26 de agosto de 2025. Este plazo finalizará a las 14:00 horas del 30 de diciembre de 2026.

Es importante tener en cuenta que las solicitudes se atenderán por orden de entrada hasta agotar el presupuesto disponible, por lo que la rapidez en la gestión es crucial.

En cuanto a la fecha de realización de los gastos subvencionables, se admitirán únicamente actuaciones y gastos cuya fecha sea posterior a la publicación de la presente convocatoria (25 de agosto de 2025). No obstante, podrán ser subvencionables pagos anteriores a dicha fecha que estén vinculados a estas actuaciones y sus gastos.

La solicitud de ayuda deberá presentarse dentro de los cuatro meses posteriores a la fecha de realización de la actuación, es decir, desde la celebración de la feria o la realización del viaje.

Los formularios de solicitud y demás documentos necesarios se encuentran publicados como anexos a la resolución de convocatoria. Las solicitudes deben cumplimentarse y presentarse telemáticamente a través de la dirección electrónica www.andaluciatrade.es/oficinavirtual. La presentación telemática es obligatoria.

Órganos competentes y resolución

La instrucción de los expedientes corresponderá a personal funcionario adscrito a la Agencia TRADE y será impulsada, coordinada y supervisada por la Dirección de Financiación Empresarial.

El órgano competente para resolver las solicitudes de concesión de subvenciones será la persona titular de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa. El Director General es Antonio Castro Jiménez.

El plazo para resolver y notificar en el presente procedimiento será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

Información adicional y enlaces útiles

Para consultar la información asociada al procedimiento de estas subvenciones, incluyendo el código de procedimiento 2/CEHFE/25859, se puede acceder al Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía.

Para consultar el texto completo de la convocatoria, se puede acceder a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y al BOJA correspondiente.

La Agencia TRADE ha puesto en marcha esta convocatoria para apoyar decididamente la vocación exportadora y la expansión internacional de las PYMEs andaluzas, elementos clave para la dinamización económica de la región. Desde APYMESPA animamos a todas las empresas elegibles a explorar esta oportunidad y presentar sus solicitudes.

Para ello, pueden contactar con nosotros lo antes posible, de forma que puedan disponer de todas las herramientas que APYMESPA pone a su disposición por medio de nuestro equipo de profesionales concertados con ECSA Consultores, enviando un email a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o si lo prefieren, rellenando este formulario.

Sobre el Autor

Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de San Pedro Alcántara (APYMESPA)

Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de San Pedro Alcántara (APYMESPA)

Deja un comentario

Estás comentando como invitado.