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Jul30

Ayudas para FP con compromiso de contratación: clave para las PYMEs

Autor // Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de San Pedro Alcántara (APYMESPA) Categorías // Ayudas Públicas, PYMEs, Contratación, Subvenciones Públicas, Autónomos, Economía, Empresas, Financiación, Formación

La Junta de Andalucía convoca subvenciones para programas de formación adaptados a las empresas en 2026

Ayudas para FP con compromiso de contratación: clave para las PYMEs
Jueves, 30 Julio 2026

Las PYMEs de Andalucía disponen de una nueva convocatoria de ayudas públicas de concurrencia no competitiva para diseñar y financiar acciones formativas a medida para desempleados, asumiendo la obligación de contratar al menos al 40% del alumnado formado. El plazo de solicitud finaliza el 9 de octubre de 2026.

Impulsa el crecimiento de tu empresa con personal a la medida de tus necesidades

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha una convocatoria de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo (FPE) que incluyan un compromiso de contratación dirigido a personas trabajadoras desempleadas para el año 2026. Esta iniciativa, publicada oficialmente en el BOJA nº 111 de 11 de junio de 2026, representa una herramienta estratégica para el tejido empresarial andaluz, ya que permite a las empresas diseñar y ejecutar acciones formativas adaptadas a sus necesidades reales de personal, financiando la cualificación previa de sus futuros trabajadores.

¿Cuáles son las principales ventajas para tu PYME?

La participación en este programa de subvenciones ofrece múltiples ventajas competitivas para las pequeñas y medianas empresas de nuestra comunidad:

  • Formación a la carta: Permite diseñar programas formativos completamente adaptados a los perfiles profesionales específicos que tu negocio necesita incorporar.
  • Ahorro de costes: Reduce drásticamente los costes habituales en procesos de selección, reclutamiento y cualificación inicial de personal.
  • Integración inmediata: Facilita la incorporación de trabajadores que ya conocen específicamente las dinámicas y exigencias del puesto de trabajo.
  • Agilidad en la concesión: Al tramitarse bajo el régimen de concurrencia no competitiva, las solicitudes se resuelven por estricto orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

¿Quiénes pueden solicitar estas subvenciones?

Podrán resultar beneficiarias de estas ayudas:

  1. Empresas (personas físicas o jurídicas): Que adquieran el compromiso de contratación de las personas desempleadas formadas y desarrollen dicho compromiso en Andalucía (es decir, que tengan o prevean tener de alta un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza).
  2. Entidades de formación: Que asuman el compromiso de contratación por sí mismas o mediante acuerdos o convenios con las empresas que finalmente contratarán al alumnado. En este caso, los puestos de trabajo deben ubicarse obligatoriamente en Andalucía y la entidad de formación beneficiaria no podrá subcontratar la ejecución del programa formativo con terceros, siendo la única responsable del cumplimiento del programa y del compromiso de contratación.

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las agrupaciones temporales de empresas, sociedades civiles, comunidades de bienes, entidades sin ánimo de lucro, administraciones públicas y sociedades o empresas públicas.

Requisitos esenciales para las empresas participantes

Para poder optar a estas ayudas y mantener la condición de beneficiaria, la empresa que asume el compromiso de contratación debe cumplir de manera estricta los siguientes requisitos:

  • Actividad previa: Haber desarrollado actividad económica durante, al menos, el ejercicio económico anterior a la publicación de la convocatoria. Esto se acreditará mediante la declaración del IRPF o el Impuesto de Sociedades del ejercicio vencido.
  • Solvencia económica: No haber obtenido un rendimiento neto previo o base imponible negativa en su actividad económica durante dicho ejercicio anterior.
  • Instalaciones homologadas: Disponer (por sí misma o mediante acuerdo con una entidad de formación) de instalaciones autorizadas y/o inscritas en Andalucía para impartir las especialidades formativas solicitadas.
  • Mantenimiento de la plantilla: Comprometerse a no reducir el número medio de personas trabajadoras en su plantilla desde el momento de la publicación de la convocatoria en el BOJA hasta la propuesta de resolución de concesión. El incumplimiento de este punto por parte de alguna de las empresas implicadas será motivo de denegación de la ayuda.
  • Paridad de género: Garantizar una participación paritaria entre mujeres y hombres tanto en el programa formativo como en las contrataciones finales, salvo que concurran circunstancias debidamente justificadas y acreditadas en la memoria final.
  • Inclusión de personas con discapacidad: Respetar la reserva de un 5% de las plazas ofertadas en cada acción formativa para personas con discapacidad (garantizando siempre un mínimo de una plaza por curso).
  • Cumplimiento de plazos de pago (Morosidad): Para subvenciones que superen los 30.000 euros, las empresas con ánimo de lucro deben acreditar que cumplen con los plazos de pago previstos en la Ley de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales.

¿Cómo funciona el Compromiso de Contratación?

El núcleo de esta subvención es asegurar la inserción laboral de los alumnos formados. Las condiciones obligatorias del compromiso son las siguientes:

  • Porcentaje mínimo de contratación: Se debe contratar, como mínimo, al 40% del alumnado formado (considerando como tal a aquel alumno que finalice el curso habiendo asistido al menos al 75% de las horas lectivas).
  • Modalidad contractual: Se puede optar por la modalidad de contrato laboral más conveniente, pero en ningún caso se podrán utilizar contratos de formación en alternancia.
  • Duración y jornada de los contratos:
    • Los contratos a jornada completa deberán tener una duración mínima de 6 meses.
    • Los contratos a jornada parcial deberán durar un mínimo de 9 meses. En este caso, la jornada de trabajo no podrá ser inferior al 50% de la jornada completa comparable.
  • Plazo de formalización: Los contratos deberán firmarse en un plazo máximo de 2 meses a contar desde la finalización del programa formativo (o de cada una de sus ediciones si se programaron varias).
  • Otras vías de inserción: El compromiso también se considerará cumplido si el alumno se incorpora como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que sea dado de alta por cuenta ajena en una ocupación directamente vinculada con la formación recibida.
  • Sustitución en caso de cese: Si un trabajador contratado causa baja voluntaria o es despedido antes de cumplir el periodo mínimo, la empresa está obligada a sustituirlo en un plazo máximo de 15 días hábiles por otro alumno del programa que esté desempleado o, si no hubiera alumnos disponibles, por otra persona desempleada que cumpla el perfil. Esta sustitución no será exigible si el trabajador ya cumplió el 75% de la duración de su contrato y su baja se debió a dimisión, incapacidad permanente o fallecimiento.

Estructura y opciones del programa formativo

La oferta de formación debe corresponderse con especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo en modalidad presencial. Un punto clave es que no está permitida la realización de prácticas profesionales no laborales.

Cada programa presentado puede estructurarse bajo tres opciones distintas:

  1. Una única especialidad formativa.
  2. Hasta tres especialidades formativas concatenadas que pertenezcan a la misma familia profesional.
  3. Hasta tres ediciones de la misma especialidad formativa, que deberán ejecutarse en un plazo máximo de 14 meses desde la concesión de la ayuda.

Para la impartición presencial de las clases, se permite la utilización del aula virtual como medio complementario y adicional. En este caso, el personal formador deberá acreditar formación o experiencia específica de al menos 60 horas de impartición en teleformación o 30 horas de formación certificada en la materia.

Presupuesto disponible y cuantía de la subvención

La convocatoria está dotada con un presupuesto global de 2.000.000 de euros, distribuido en dos anualidades: 1.200.000 euros para el año 2026 y 800.000 euros para 2027. Existe además una previsión de incremento de crédito adicional de hasta 1.000.000 de euros sin necesidad de nueva convocatoria.

La distribución provincial estimada de los fondos beneficia especialmente a la provincia de Málaga, que cuenta con una asignación de 500.000 euros (300.000 € en 2026 y 200.000 € en 2027), solo superada por Sevilla (600.000 €). El resto de las provincias andaluzas cuentan con una dotación de 150.000 euros cada una.

La cuantía exacta de la subvención para cada empresa se calcula multiplicando el número de horas del curso por el número de alumnos participantes y por el módulo económico de la especialidad (fijado en el Anexo II de la convocatoria). Esta subvención cubre:

  • Costes directos: Tales como las retribuciones de formadores y de personal especializado para la atención de alumnos con discapacidad o pertenecientes a colectivos vulnerables.
  • Costes indirectos: Gastos de personal de apoyo y gestión necesarios para ejecutar el programa en el centro de formación.

Nota de contratación: Si la empresa prevé contratar servicios o suministros que se repitan con un mismo proveedor durante el programa y que superen los 15.000 euros, deberá solicitar previamente un mínimo de tres ofertas a diferentes proveedores que no estén vinculados entre sí.

Requisitos del alumnado y selección

Los alumnos participantes deberán ser personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) al inicio de la formación. Para garantizar la transparencia y evitar conflictos de interés, no podrán participar personas que hayan tenido una relación laboral con la empresa beneficiaria en los 6 meses anteriores a la solicitud de la subvención (salvo excepciones muy delimitadas de puestos de trabajo sin relación alguna con el perfil a cubrir).

El proceso de selección consta de tres fases:

  1. Publicación: La empresa o entidad formativa publicará los datos del curso y el compromiso de contratación en el Portal de FPE de la Junta de Andalucía.
  2. Propuesta: Tras recibir solicitudes, presentará una propuesta paritaria de alumnos seleccionados y reservas con al menos 20 días naturales de antelación al inicio del curso.
  3. Validación: El órgano de seguimiento de la Delegación Territorial validará la lista tras comprobar los requisitos de acceso.

Tramitación de solicitudes y plazos

La presentación de solicitudes se inició el 12 de junio de 2026 y permanecerá abierta de manera ininterrumpida hasta el 9 de octubre de 2026 o hasta que se agoten los fondos disponibles en la provincia.

La tramitación es exclusivamente electrónica a través del aplicativo de la Junta de Andalucía PROFEUS+A, requiriendo el uso de certificado digital. Cada entidad debe presentar una solicitud (Anexo I) por cada programa formativo que desee realizar. Una vez presentada, la Administración dispone de un plazo máximo de 2 meses para resolver y notificar.

Para cualquier duda o consulta técnica sobre la convocatoria, la Junta de Andalucía ha habilitado correos de contacto específicos para cada Delegación Territorial. En el caso de nuestra provincia, puedes dirigirte a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Compromiso estricto con la protección de datos

Es vital recordar que, durante toda la tramitación y ejecución del programa, las empresas y entidades formativas asumen el rol de encargadas del tratamiento de datos personales de los alumnos (Anexo V). Esto obliga al estricto cumplimiento del RGPD, incluyendo el deber de secreto profesional, la notificación de brechas de seguridad en menos de 24 horas y la presentación periódica de declaraciones firmadas de cumplimiento en el inicio de la actividad, durante el curso, con la documentación de justificación y al finalizar el plazo de conservación de los datos.

Finalmente, desde APYMESPA recomendamos a las empresas que adopten medidas como la descrita en este artículo, dado el valor estratégico que representan para el buen funcionamiento de cualquier negocio. Esta recomendación se hace especialmente relevante en un contexto marcado por las dificultades para encontrar personal cualificado en áreas muy específicas de determinados sectores no turísticos o de servicios.

Para facilitar este proceso, y ante la posible existencia de obstáculos prácticos o administrativos, ponemos a disposición de las empresas el apoyo de entidades especializadas. Estas podrán asistirles en la información previa, la tramitación y, si fuera necesario, la justificación de los fondos correspondientes.

Sobre el Autor

Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de San Pedro Alcántara (APYMESPA)

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